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QUÉ HACER ANTE LA DEFUNCIÓN
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PRIMEROS PASOS
Los primeros pasos que deberá tomar en cuanto se produzca la defunción son estos:
  • Disponer en todo momento del D.N.I. tarjeta de residencia o pasaporte del fallecido asi como de la persona que contratara el servicio, documentacion del seguro, si existe,nombre de la compañia y numero de poliza.
  • Avisar a la empresa funeraria, para que se haga cargo de las gestiones. Puede llamar a nuestro teléfono de atención permanente: 974 480 903.

La funeraria obtendrá el certificado médico de defunción, emitido por un médico colegiado.

DECISIONES QUE DEBERÁ TOMAR
Hay una serie de decisiones que deberá tomar enseguida:
  • Entierro o incineración. También deberá escoger el arca, o la urna para guardar las cenizas.
  • Lugar donde quiere que se celebre la ceremonia religiosa. Normalmente será la parroquia del lugar donde vivía el difunto.
  • Lugar donde quiere que se haga el entierro. Normalmente será el cementerio de la población donde vivía el difunto o el de la poblacion de nacimiento.

DOCUMENTACIÓN
Para preparar todos los trámites que habrá que hacer, es conveniente disponer de la documentación siguiente:
  • D.N.I., Tarjeta de residencia o Pasaporte en vigor del fallecido y de la persona que se encargará de solicitar el servicio.
  • La Póliza de Decesos el fallecido, si existe.
  • El Certificado médico de defunción, que debe emitir un médico colegiado.
  • La Partida Literal de Defunción, que expide el Registro Civil cuando se le comunica la defunción.

ACERCA DE LOS SEGUROS DE DECESO
Es importante que conozca sus derechos con respecto a los seguros de deceso. Aunque la mayoría de compañías actúan de buena fe, alguna hay que tratará de ahorrar demasiado en el entierro de su familiar.
  • La familia tiene todo el derecho a elegir la funeraria con la que desea realizar el servicio, aunque la aseguradora tenga concertados los servicios con una determinada empresa funeraria, o incluso existiendo intervencion judicial.
  • La familia puede consultar directamente la disponibilidad de salas en el tanatorio.
  • No debe aceptar cargos extra por servicios ya incluidos en su seguro.
  • La compañía costea todos los gastos básicos en el entierro, y se le dará a elegir entre una serie de servicios y artículos que dependerán del tipo de seguro contratado, siempre dentro de los parámetros de su póliza. La familia decide libremente, por propia iniciativa, modificar, mejorar o renunciar a determinadas opciones contempladas en la póliza.
  • La familia es quien decide si quiere un entierro o incineración, si ambas opciones están contempladas en su póliza. Nunca deben ser una imposición.

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